What is the Lease contract and average duration?

What is the Lease contract and average duration?

 

In real estate in Yucatan, a contract is not usually used to rent a house or a commercial property because the amount is not very high. Most likely the “Transactional agreement to vacate and deliver” will be implemented or used, in which it is agreed to vacate the premises and return the property to the owner on a specific date agreed upon by both parties before hand, which is usually on an annual basis. When it is a long-term lease (over 3 years) mainly commercial use or a high rent fee, or the leaser being a company, it is common to use the lease contract. This criteria behind using one or the other contract mainly to protect the interests of the property owner, being that the “Transactional agreement to vacate and deliver” is more practical, faster and less expensive to settle in case of a bad tenant, unlike the lease which has some legal exceptions that make it more difficult to enforce the evacuation and return of property to its owner if it is a bad tenant.

 

Author
Lic. Jorge Semerena

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AMELIA PEREZ
Buenos idas,tengo una duda, rente un cuarto por seis meses pero el inquilino apenas cumplió un mes y me dice que tiene que irse a otro restado por motivo de trabajo. le tengo que devolver su deposito? fue por convenio transaccional
" Que tal Amelia,
Espero te encuentres bien,
Te comento que en los convenios transaccionales de desocupación y entrega que hacemos aquí en mi oficina hay una clausula especifica donde indica que si él se va antes de cumplir el tiempo del contrato pierde su depósito, la cláusula es esta:

Para el caso de desocupación anticipada de EL PREDIO durante la vigencia de la fecha estipulada para su entrega en la cláusula primera del presente, dicho depósito se perderá a favor de EL PROPIETARIO sin derecho a reclamación alguna por parte de EL OCUPANTE.

Si tu convenio cuenta con esa cláusula o alguna parecida no tienes que devolverle el deposito, si no cuenta con la cláusula pues si tendrías que devolverle el deposito después de verificar que no te dejo ningún destrozo o algún adeudo de servicios.
Espero haberte ayudado.
Saludos.

PABLO
Estimado lic. el "Convenio Transaccional de desocupación y entrega", aplica tambien en el esta do de Puebla?
YP:
Que tal Sr. Pablo,
Espero se encuentre bien,
Le comento que nuestra publicación se refiere exclusivamente al código civil del estado de Yucatán; en el caso de usted, deberá acudir a su notario de confianza para que él le pueda indicar cuál el es contrato idóneo para rentas en el Estado de Puebla de acuerdo a su código civil.
Cualquier otra duda, a sus órdenes.
Ricardo C.
Buenas tardes. Tengo una pregunta referente a la fe pública del notario o escribano, está es indispensable en el convenio? Mi caso es un local comercial que quiero dar en renta, es muy pequeño y quería saber si yo puedo realizar el convenio pero sin pasarlo ante fedatario. ¿Cuál sería el riesgo? Gracias
" Buenas tardes,
Le comento que si es indispensable en caso que usted no quiera tener problemas a futuro con su inquilino en caso que sea un mal inquilino, si usted no hace un convenio como debe ser queda completamente desprotegido y a expensas de la buena voluntad de un inquilino para pagar, desocupar o para que le devuelvan su local en las condiciones que lo entrego. Nosotros para rentar un local o casa por muy pequeño que sea pedimos aval con propiedad en Yucatán, y el inquilino y su aval deben firmar un convenio transaccional de desocupación y entrega con sus respectivos pagares y este convenio se manda a certificar con el escribano.
Saludos.
MARTHA GARCIA
Tambien se utilizan los Convenios Transaccionales en la renta de Estudios o departamentos pequeños? En dicho convenio debe especificar que es uno de los 9 estudios que se rentan? Es que aparece la direccion del predio no especificando un interior. Gracias
YP:
Que tal Sra. Martha,
Espero se encuentre bien,
Ya tiene la respuesta en su correo, cualquier duda estoy a sus ordenes.

Atentamente
Justina Ramirez
Si el inquilino ya no me pagó la renta y lo quiero desalojar, ¿cuál es el proceso? tengo mi contrato firmado ante fedatario público.
YP:
Que tal Sra. Justina,
Espero se encuentre bien,
En este caso le recomendaría que acuda con un abogado civil para poder tramitar lo del desalojo de su inquilino o igualmente pudiera ser con el fedatario público que le realizó el contrato, el podría apoyarle en esta situación.
Gracias por su contacto.
Faby
Hola, mi pregunta es, quién debe de correr con los gastos del convenio transaccional ?! El propietario o el ocupante ? Y que costó tiene para un predio que se rentara en $2500.00 por un periodo de un año ?! Gracias
YP:
Buenos días, con respecto a su duda, le comento que el costo del contrato lo paga el ocupante, en el caso de usted el costo del contrato sería de los mismos $2,500.00
Saludos.
Gabriela García
Buenas tardes : Si el período de renta es por 6 meses y el monto mensual es de 15 mil pesos de renta . Cuanto sería el costo por el contrato?
YP:
Buenas tardes, el monto del costo del contrato yo creo sería aproximadamente como entre 6-8 mil pesos, en caso que usted necesite hacerlo con nosotros tendría que reconfirmar con nuestro escribano.
El teléfono de nuestra oficina es (999) 9484444
Saludos.
Jacky
Hola, buenas noches, tengo una duda respecto al convenio transaccional de desocupación y entrega que se hace ante escribano público, no es igual que ante notario? por que se que ante notario se requiere hacerlo en escritura pública y acompañar un derecho de escritura pública segun la cuantia de la operación y el certificado de no adeudo predial , lo cual aumenta su costo, entonces ante escribano no se tiene que acompañar dicho derecho de escritura publica o en que se diferencian ?
YP:
Que tal Sra. Moguel,
Espero se encuentre bien,
La diferencia es la cuantía, los escribanos públicos están autorizados hasta una cuantía de 500 salarios mínimos y a partir de esa cuantía cualquier acto jurídico con cuantía deberá ser hecho por notario, en cuanto a los detalles de derechos y certificados que usted comenta le sugerimos consultar con su notario o escribano de confianza.
Saludos
Roberto
Hola buenas tardes, son prácticamente de leyes pero la verdad estoy haciendo mi lucha y me encargarin que haga un convenio transaccional de desocupación y entrega (ya esta y ya me lo revisaron) mi duda es quizás muy tonta pero es que me falta practicar que debo de llevar ante el escribano? Qué pasós debo de seguir para que elCliente firme y se entregue el contrato. Gracias
YP:
Que tal buenas tardes,
Te comento que en nuestro caso particular al tratarse de personas físicas hacemos cuatro juegos originales de convenio transaccional de desocupación y entrega, hacemos 2 juegos de aprobaciones de contrato y 12 pagarés mas uno de garantía y lo que se presenta al escribano para que lo certifique son los 3 juegos de convenio junto con las ifes de todos los firmantes y copia del predial 2018 de la casa a rentar.
A tus órdenes cualquier otra duda.
Leticia
Buenas tardes. En el caso de renta de un inmueble con duración máxima de 6 meses y con un valor económico (max. 4,000 pesos), es recomendable el convenio transaccional de desocupacion y entrega?...me podría indicar cual sería el costo de la elaboración de dicho convenio?. Le agradezco de antemano su amable respuesta.
YP:
Sra. Leticia,
Espero se encuentre bien,
En atención a su duda le comento que SIEMPRE es recomendable un convenio transaccional de desocupación y entrega porque usted como propietaria queda completamente protegida en el pago de sus rentas, en el resguardo de un depósito, de un pagaré de garantía y de un convenio con el que usted se ampara en caso que esta persona no le quiera desocupar su casa o no le quiera pagar correctamente.
Por un contrato de 6 meses con una renta de $4,000.00 el contrato le saldría alrededor de $2,800.00 mas menos.
Cualquier otra duda me puede marcar al (999) 9484444 soy María José.
Saludos.
pablo saturnino
por que muchos escribanos omiten en el convenio mencionar el monto de la renta? .. se puede hacer mención de dicho monto? o del depósito? . saludos cordiales
YP:
Que tal Pablo,
Espero te encuentres bien,
Te comento que nosotros trabajamos de la siguiente forma junto con nuestro escribano; se hacen 2 juegos de aprobaciones de contrato (esto protege al propietario en caso que en algún momento no se cumplan las condiciones del convenio y sea necesario llegar a casos más extremos), se hacen 4 juegos del convenio transaccional de desocupación y entrega en el cual consta el monto del depósito el cual es el mismo monto que el de la renta y se hacen 12 pagares (cada uno por la renta mensual) y un pagaré de garantía por 3 meses de renta el cual es de carácter devolutivo en caso que la casa no tenga ningún daño al hacer la desocupación y tiene fecha de vencimiento al final del contrato.
Cualquier otra duda que tengas, estamos a tus órdenes.
Saludos.
Rafael Colli
Por cual medio es conveniente avisarle al ocupante ya que quiero que se vaya¿ algun formato ?.Muy agradecido por su apoyo.
YP:
Que tal don Rafael,
Espero se encuentre bien,
Le comento que no hay un formato establecido para este fin, simplemente hágale llegar un aviso tipo memorándum con fecha dos meses antes del vencimiento donde le informa que el contrato vence tal día y que requiere se desocupe la casa en tiempo y forma de acuerdo al contrato firmado.
Ponga espacio para la firma del que haya firmado como inquilino y para la firma de usted y le deja una copia firmada por usted y usted se queda con el original firmada por el, si es posible pídale una copia de su IFE y un mes antes hágale un recordatorio verbal.
Saludos.
Rafael Colli
Buen dia , renté mi casa bajo Convenio transaccional de arrendamiento, desocupación y entrega.hace 5 años y vence en junio del 2018. ¿debo avisar al ocupante para que desocupe o que se cumpla lo escrito que deba desocupar en la fecha de vencimineto ,la casa es rentada en merida yuc.
YP:
Buen día,
Espero se encuentre bien,
Con respecto a su duda, le comento que si el contrato vence en junio de 2018 usted debe avisar a su inquilino uno o dos meses antes de la fecha de vencimiento (en el caso de usted como ha sido un contrato muy largo avísele dos meses antes), si usted se la quiere seguir rentando al mismo inquilino es indispensable que se realice un nuevo convenio transaccional de desocupación y entrega para su completa seguridad, ahora si quiere que se vaya de la casa, igualmente avísele dos meses antes para que tenga tiempo de ir buscando otra propiedad en renta y que no tenga pretextos que no ha buscado y le siga viviendo la casa sin convenio, esto de ninguna manera lo permita usted.
Espero haber aclarado sus dudas, cualquier otra cosa, a sus órdenes.

María José Rivero
Rolando Caamal
Buenos dias. Saludos. Mi nombre es Rolando Caamal y vivo en campeche.Cuanto cuesta un contrato de arrendamiento para hacer un tramite en Merida de cambio de propietario de un vehiculo?De antemano, muchas gracias.
YP:
Que tal Rolando,
Espero te encuentres bien,
No entendí muy bien tu consulta, ¿quieres rentar una casa? En este caso te comento que las rentas que manejamos de propiedades son por mínimo un año, no se rentan por días, semanas o meses; en el caso de un convenio transaccional de desocupación y entrega se solicitan ciertos requisitos como un mes de renta por anticipado, un mes de depósito, costo del convenio (el cual depende del monto de la renta y el tiempo de duración del contrato pero no supera el mes), convenio por tiempo mínimo de un año y aval con propiedad en Yucatán.
En caso que te quede alguna duda me puedes contactar al correo mj@semerena.com.
Saludos.
maritza
hola tengo una duda si doy a rentar mi casa y hago un contrato transaccional de desocuacion y entrega, tengo que inscribirlo ante notario publico??
" Que tal Maritza,
Espero te encuentres bien,
Con respecto a tu duda, te comento que en caso de casas habitación con contratos máximos de 2 años con 11 meses lo ideal para tí es que hagas un convenio transaccional de desocupación y entrega ante escribano público ya que es mucho mas sencillo y mas económico y quedas completamente protegida.
Los convenio con notarios públicos son más usuales para convenios mayores al tiempo que te mencione, cuando son propiedades comerciales o cuando el monto de la renta es excesivamente alto.
Cualquier otra duda, a tus órdenes.
Paola muñiz
Hola espero alguien pueda ayudarme...hace unos meses rente una casa y se hizo contrato de un año...la casa estaba tambien a la venta....hace unos dias vino el dueño y me pidio que me vaya lo mas pronto posible porque ya vendio la casa y necesita entregarla aun falta mas de la mitad del tiempo para concluir el contrato...estoy obligada a irme?
YP:
Paola buen dia,
Espero te encuentres bien,
Por favor contactanos al (999) 9484444 o al (999) 9484445 para platicar respecto a tu problema.
Saludos.
dalia
cuando el contrato transaccional es de una persona fisica a una moral. el recibo o cfdi (factura) se maneja de la misma manera que en arrendamiento, osea la persona moral tiene que hacer las retenciones correspondientes de isr e iva a la persona fisica. Me pueden mandar un ejemplo gracias.
YP:
Que tal Dalia,
Espero te encuentres bien,
Acerca de tu consulta por la facturacion en el caso de un arrendamiento, efectivamente como cualquier contraprestacion facturada de una persona fisica a una persona moral, la persona moral debe de hacer las retenciones que la ley establece, las cuales ya vienen configuradas dentro de la facturacion electronica que se envie.
De cualquier manera, te sugerimos, confirmar esto con tu contador, pues de igual manera deberas estar pendiente de los detalles relacionados con tu tipo de contabilidad de acuerdo a tu regimen en particular.
Esperamos haber resuelto tus dudas, estamos a tus ordenes.
Maria Ernestina
Buena tarde. Di mi casa rentada bajo contrato de un año...los inquilinos no me pagaban en su totalidad la renta tengo recibos...hace unos días me avisaron q ya se cambiaron de casa y no me iban a entregar la casa asta q saquen un refrigerador q tienen. Y q no me van a pagar la renta.....que puedo hace? Puedo entrar a mi casa y cambiar cerraduras? Pues ellos no cumplieron él año de contrato ni me pagan.
" Que tal Maria Ernestina.
Espero te encuentres bien.
Siento mucho oír tu mala experiencia con la renta de tu casa. Desafortunada mente estas cosas pasan cuando el contrato por medio del cual esta realizada tu renta, así como las garantías de cumplimiento del contrato por parte del inquilino no fueron bien manejadas en contrato. Este tipo de situaciones son las que hace que valga la pena apoyarte con profesionales con experiencia en la renta de propiedades y por supuesto con tu Abogado. No estoy claro si este fuera el caso, pues habría que revisar tu documentación para saber la manera de manejar este asunto con tus inquilinos; lo que si te puedo puntualizar son estos 2 puntos; no puedes entrar a la casa, ni cambiar cerraduras, pues la ocupación de una casa, ya sea por renta u otro tipo de figura legal implica derechos para el ocupante; y entrar a cambiar cerraduras puede involucrarte en un delito. Te sugiero revisar bien tu contrato con el Abogado que lo haya realizado y que el haga las gestiones necesarias para la mejor y pronta devolución de tu predio.
Espero esto te sirva y te deseo la mejor suerte.
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